Resumen en 30 segundos
- La Agencia Estatal de Administración Tributaria es el organismo público que aplica los impuestos del Estado: los gestiona, los inspecciona y los recauda. La creó el art. 103 de la Ley 31/1990 y depende del Ministerio de Hacienda.
- Con ella presentas el modelo 036, el modelo 303, el modelo 130, el modelo 111, la declaración de la renta y el Impuesto de Sociedades.
- No lleva el IBI ni el IAE (ayuntamientos), ni el valor catastral (Catastro), ni el IRPF y el IVA de quien tributa en el País Vasco o Navarra (Haciendas forales).
- Casi todo se hace en la sede electrónica con certificado digital, DNIe o Cl@ve. Las sociedades están obligadas a relacionarse por internet.
- Teléfonos oficiales (verificados el 17-9-2026): 91 554 87 70 para información tributaria y 91 333 5 333 para cita previa, de lunes a viernes de 9 a 19 h (hasta las 15 h en agosto).
¿Qué hace y qué no hace?
La AEAT es “la organización administrativa responsable, en nombre y por cuenta del Estado, de la aplicación efectiva del sistema tributario estatal” (art. 103.Uno.2 de la Ley 31/1990). En la práctica hace tres cosas: gestiona (recibe tus declaraciones y devuelve lo que toca), inspecciona (comprueba que lo declarado es correcto) y recauda (cobra, también por la fuerza si no pagas). El art. 5.2 de la Ley General Tributaria le atribuye además la potestad sancionadora en el ámbito estatal.
Lo que no hace la AEAT, y con quién se confunde:
| Tema | Quién lo lleva | Fuente |
|---|---|---|
| Redactar las leyes fiscales y resolver consultas vinculantes | Ministerio de Hacienda y su Dirección General de Tributos | art. 88 LGT |
| IBI, IAE, impuesto de vehículos, plusvalía municipal | Tu ayuntamiento (o la diputación si tiene delegada la recaudación) | art. 59 TRLRHL |
| Valor catastral y referencia catastral de un inmueble | Dirección General del Catastro | Portal del Catastro |
| IRPF, IVA y Sociedades en el País Vasco y Navarra | Haciendas forales de Álava, Bizkaia, Gipuzkoa y Navarra | Ley 12/2002 y Ley 28/1990 |
| Resolver tus recursos contra la AEAT sin ir a juicio | Tribunales Económico-Administrativos (TEAR de tu comunidad y TEAC), independientes de la Agencia | art. 228 LGT |
| Cuotas de la Seguridad Social | Tesorería General de la Seguridad Social | Ficha propia en este sitio |
Una aclaración de vocabulario: la gente dice “Hacienda” para todo. Hacienda es el ministerio; la AEAT es el brazo que ejecuta. Las cartas, los requerimientos y las devoluciones te llegan de la AEAT.
Trámites que harás con él
Estos son los trámites más habituales de un autónomo o una pyme. Cada enlace lleva a la ficha oficial del procedimiento en la sede electrónica.
| Trámite | Para qué sirve | Enlace oficial |
|---|---|---|
| Modelo 036 (declaración censal) | Darte de alta, modificar datos o darte de baja como empresario o profesional | Modelo 036 |
| Modelo 303 (IVA trimestral) | Declarar el IVA que has cobrado y el que has pagado | Modelo 303 |
| Modelo 390 (resumen anual de IVA) | Resumir en enero el IVA de todo el año | Modelo 390 |
| Modelo 130 (pago fraccionado del IRPF) | Adelantar cada trimestre parte del IRPF de tu actividad | Modelo 130 |
| Modelo 111 (retenciones) | Ingresar las retenciones practicadas a trabajadores y profesionales | Modelo 111 |
| Modelo 347 (operaciones con terceros) | Declarar en febrero los clientes y proveedores con más de 3.005,06 € en el año | Modelo 347 |
| Declaración de la renta (modelo 100) | Liquidar el IRPF del año anterior entre abril y junio | IRPF |
| Modelo 200 (Impuesto de Sociedades) | Liquidar el impuesto de tu SL en julio | Impuesto sobre Sociedades |
| Aplazar o fraccionar una deuda | Pagar a plazos un modelo que no puedes ingresar | Aplazamiento y fraccionamiento |
| Certificado de estar al corriente | Lo piden bancos, administraciones y clientes para contratar o subvencionar | Certificados tributarios |
| Notificaciones electrónicas | Leer las cartas de la AEAT y comprobar si un documento es auténtico | Notificaciones y cotejo |
| Apoderar a tu gestor | Que otra persona presente tus modelos y reciba tus notificaciones | Registro de apoderamientos |
Los plazos de todos estos modelos están en el calendario fiscal del año. El original de la AEAT es el Calendario del contribuyente.
Cómo identificarte y acceder
Para entrar en la sede electrónica tienes que demostrar quién eres. La AEAT admite varios sistemas (Identificación digital):
| Sistema | Qué es | Para quién sirve |
|---|---|---|
| Certificado electrónico | Un archivo instalado en el navegador que firma por ti. Lo emite la FNMT u otra entidad certificadora | Personas físicas y sociedades. Es el único que vale para todo |
| DNI electrónico | El chip del DNI, leído con un lector o con el móvil | Personas físicas |
| Cl@ve (Móvil, PIN o permanente) | Usuario registrado en la Administración; te identificas con el móvil, un PIN de un uso o una contraseña | Personas físicas. Una SL no puede usar Cl@ve |
| Número de referencia | Código que se obtiene con la casilla de la renta del año anterior | Solo para la campaña de la declaración de la renta |
| DNI/NIE con datos de contraste | Tu número de documento más un dato que solo tú conoces (fecha de validez, casilla de renta) | Trámites concretos sin firmar |
| Código seguro de verificación | Permite cotejar un documento sin identificarte | Comprobar si una carta es auténtica |
Si no tienes ninguno, empieza por Cl@ve: puedes registrarte por internet con un código de verificación, con certificado o DNIe, o por videoidentificación desde la app de Cl@ve en unos minutos. Si tienes una sociedad, necesitas el certificado de representante de la FNMT.
- IdentifícateCertificado, DNIe o Cl@ve. Una SL solo con certificado
- Busca el modeloPor número (036, 303, 130) o por impuesto
- Rellena y validaEl formulario avisa de errores antes de enviar
- Firma y guardaDescarga el PDF con el código seguro de verificación
Fuente: sede electrónica de la AEAT, sección Identificación digital (consultada el 17-9-2026).
Cita previa y oficinas. Para que te atiendan en una oficina necesitas cita, salvo para entregar papeles en el registro. Se pide por internet, en la app “Agencia Tributaria” o en el 91 333 5 333 (Asistencia y cita). También hay cita telefónica con un especialista y asistencia digital por chat (ADI).
Teléfonos oficiales (verificados en la sede el 17-9-2026, Teléfonos de interés):
| Servicio | Teléfono | Horario |
|---|---|---|
| Información tributaria básica | 91 554 87 70 | Lunes a viernes, 9 a 19 h (hasta las 15 h en agosto) |
| Información, asistencia y cita | 91 333 5 333 | Lunes a viernes, 9 a 19 h (hasta las 15 h en agosto) |
Las llamadas cuestan lo que marque tu operadora para un fijo nacional. La AEAT no tiene teléfonos de pago.
Plazos y avisos que conviene conocer
- Las sociedades solo por internet. Toda persona jurídica está obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración (art. 14.2 de la Ley 39/2015). Eso incluye recibir las notificaciones en la sede. Si tienes una SL, revisa el buzón al menos una vez cada diez días.
- Diez días para abrir una notificación. Cuando la notificación electrónica es obligatoria, o la has elegido, se entiende rechazada si no la abres en diez días naturales (art. 43.2 de la Ley 39/2015). El plazo para contestar corre igual.
- Trimestres: día 20. El modelo 303, el modelo 130 y el modelo 111 se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre; el último trimestre, hasta el 30 de enero. Si domicilias el pago, el plazo se acorta cinco días. Los detalles y las excepciones de cada año están en el calendario fiscal.
- Presentar tarde sin que te avisen sale más barato. Si presentas fuera de plazo por tu cuenta, pagas un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso, sin sanción; pasados doce meses, el 15 % más intereses (art. 27 LGT). Si es la AEAT quien te requiere, hay sanción.
- Consultas por escrito. Puedes preguntar a la Dirección General de Tributos cómo tributa una operación antes de hacerla; la respuesta vincula a la AEAT (art. 88 LGT). Es gratis y se presenta por la sede.
Ojo con esto
Fuentes oficiales
- Ley 31/1990, art. 103: creación y funciones de la AEAT
- Ley 58/2003, General Tributaria: art. 5 (Administración tributaria), 27 (recargos), 88 (consultas) y 228 (tribunales económico-administrativos)
- Ley 39/2015: art. 14 (obligados a relacionarse electrónicamente) y 43 (notificaciones electrónicas)
- Ley de Haciendas Locales, art. 59: impuestos municipales
- Ley 12/2002, Concierto Económico con el País Vasco y Ley 28/1990, Convenio Económico con Navarra
- Sede electrónica de la AEAT: teléfonos de interés, información tributaria básica y asistencia y cita
- Sede electrónica de la AEAT: identificación digital y Cl@ve
- Sede electrónica de la AEAT: calendario del contribuyente
- Dirección General del Catastro
Preguntas frecuentes
¿Agencia Tributaria y Hacienda son lo mismo?
En el lenguaje de la calle sí. En rigor, Hacienda es el Ministerio de Hacienda, que hace las leyes y los reglamentos. La Agencia Tributaria (AEAT) es el organismo que las aplica: recauda, revisa y sanciona. Cuando te llega una carta "de Hacienda", casi siempre viene de la AEAT.
¿Puedo hacer todos los trámites con la AEAT por internet?
Sí. Todos los modelos de autónomos y empresas se presentan en la sede electrónica con certificado digital, DNIe o Cl@ve. Las sociedades están obligadas a relacionarse por vía electrónica (art. 14.2 de la Ley 39/2015). Las personas físicas pueden acudir a una oficina con cita previa.
¿Qué pasa si no abro una notificación electrónica de la AEAT?
Si estás obligado a recibirlas por vía electrónica, o la has elegido, la notificación se considera rechazada a los diez días naturales desde que se pone a tu disposición (art. 43.2 de la Ley 39/2015). El plazo para contestar o recurrir empieza a contar igual.
¿La AEAT gestiona el IBI o el IAE de mi negocio?
No. El IBI, el IAE, el impuesto de vehículos y la plusvalía municipal los exigen los ayuntamientos (art. 59 de la Ley de Haciendas Locales). Con la AEAT solo comunicas el epígrafe del IAE en el modelo 036; la mayoría de autónomos y pymes están exentos de pagarlo.
Vivo en el País Vasco o Navarra, ¿trato con la AEAT?
Para los impuestos concertados (IRPF, IVA, Sociedades) tratas con la Hacienda Foral de tu territorio: Álava, Bizkaia, Gipuzkoa o Navarra. La AEAT sigue gestionando lo que los convenios reservan al Estado, como aduanas o los impuestos de quienes tributan en territorio común.
¿Cuánto cuesta llamar a la Agencia Tributaria?
Los teléfonos oficiales empiezan por 91 (Madrid) y cuestan lo que fije tu operadora para una llamada fija nacional. La AEAT no usa números 800, 803 o 807 de pago: si te cobran por minuto, no es la AEAT.
¿Cómo sé si una carta o un SMS de la AEAT es auténtico?
La AEAT nunca pide datos bancarios ni contraseñas por correo electrónico o SMS. Cualquier documento oficial lleva un código seguro de verificación (CSV) que puedes cotejar en la sede electrónica, en "Notificaciones y cotejo de documentos".
Historial de cambios
| Fecha | Cambio | Motivo |
|---|---|---|
| 2026-09-17 | Publicación de la ficha. Teléfonos, horarios, sistemas de identificación y enlaces de trámites verificados en la sede de la AEAT. | Ley 31/1990 (art. 103), LGT, Ley 39/2015 y sede electrónica consultadas hoy. |